¿Qué es guarda habitual?
Se denomina guarda habitual al lugar donde, regular o normalmente, el titular de dominio, persona física a jurídica, deposita o guarda el o los vehículos, distinto al que figura como su domicilio legal.

Los casos donde se considera guarda habitual en Río Negro son los siguientes:
  • Domicilio legal (DNI) en la Provincia de Río Negro, cuya inscripción y alta de vehículo registrada en otra provincia.
  • Domicilio legal (DNI) en otra provincia, con inscripción y alta de vehículo en la Provincia de Río Negro.

En ambos casos, el impuesto automotor debe abonarse en la Provincia de Río Negro.


Marco legal:

Ley 1284 - Vigente desde el 01/01/2018 (LEY 5264)
Artículo 4°: Sin perjuicio de la radicación de un vehículo comprendido en el artículo 1° de la presente fuera de la jurisdicción de la Provincia de Río Negro, el titular se encuentra alcanzado por la obligación de pago del tributo en esta jurisdicción, cuando conste que el vehículo está registrado en otra jurisdicción por guarda habitual, y el titular dominial tenga su domicilio ante el RNPA en la Provincia de Río Negro.
El titular se encuentra alcanzado por la obligación de pago del tributo, cuando conste que el vehículo está registrado en la Provincia de Río Negro por guarda habitual, y el titular dominial tenga su domicilio ante el RNPA, en otra jurisdicción. El pago de la misma obligación efectuado en otra jurisdicción, será deducido de la suma que deba abonar en esta jurisdicción.